Coyuntura
Mecanismos de protección frente a las agresiones a la libertad de expresión a periodistas en México, 2000-20221
Protection mechanisms for journalists
amidst threats on freedom of speech in Mexico, 2000-2022
María Neus Pons Carrera
Directora de la Fundación BCN Formación Profesional, España
Correo electrónico: ponsneus@gmail.com
Orcid: https://orcid.org/0000-0002-7848-9884
Alexis Berg-Rodríguez
Profesor en el Máster de Derechos Humanos, Democracia y Globalización de la Universitat Oberta de Catalunya, España
Correo electrónico: aberg@uoc.edu
Orcid: https://orcid.org/0000-0001-8374-2568
Recibido: 4-abril-2022. Aceptado: 8-agosto-2022. Publicado: 15-enero-2023.
Resumen
Este artículo sostiene que la aplicación de las políticas y mecanismos de protección estatal no han sido suficientes para detener la impunidad, agresiones y asesinatos de periodistas en México entre 2000 y 2022. Se revisan algunos informes publicados por la organización Article 19 México y Centroamérica, Reporteros sin Fronteras, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y artículos de prensa; se realizan entrevistas semiestructuradas a actores claves. La poca efectividad de estas políticas se debe, en parte, por la confluencia de agentes estatales (fuerzas armadas, funcionarios públicos) y no estatales (partidos políticos, crimen organizado) que ejercen violencia y agresión sobre periodistas, lo cual profundiza la impunidad y poca efectividad de las políticas. Mecanismos como el proyecto “De la mano”, auspiciado por el Parlamento Europeo, son una posibilidad para ejercer presión internacional de manera conjunta con la sociedad civil, cuyos alcances no son cuantificables al momento.
Palabras clave: mecanismos de protección, vulneración, protección de la libertad de expresión, periodistas en México.
Abstract
This article argues that the application of state protection policies and mechanisms have not been sufficient to stop impunity, aggressions and murders of journalists in Mexico between 2000 and 2022. This paper reviews reports published by the organization Article 19 Mexico and Central America, Reporters without Borders, the Inter-American Commission on Human Rights and press articles; in addition, key actors answered questions from semi-structured interviews. The ineffectiveness of these policies and mechanisms is due, in part, to the confluence of state agents (armed forces, public officials) and non-state agents (political parties, organized crime) that exercise violence and aggression against journalists, which deepens the impunity and ineffectiveness of the policies. Mechanisms such as the “Hand in Hand” project, sponsored by the European Parliament, are a possibility to exercise international pressure jointly with civil society, although, at the moment, its scope is not quantifiable.
Keywords: protection mechanisms, violation, protection of freedom of expression, journalists in Mexico.
1. Introducción
México es uno de los países de la región y el mundo en los que ejercer el derecho a la libertad de expresión y la actividad periodística se ha convertido durante los últimos 22 años en sinónimo de mayor agresión y muerte. Entre 2014 y 2015, el 36,5 % de los asesinatos a periodistas ocurrió en los Estados árabes (Siria, Irak, Yemen, Libia), el 24 % en América Latina y el 16 % en Asia y el Pacífico (Organización de las Naciones Unida para la Educación, Ciencia y Cultura [Unesco], 2016). A escala regional, México ocupó el primer lugar en ambos años, seguido de Brasil (Ibid.). En 2018 ocupó el segundo lugar, con 13 asesinatos, luego de los 16 periodistas asesinados en Afganistán; mientras que en 2019 ocupó nuevamente el primer lugar con 12 muertes (Unesco, 2020-2021).
La violación a la libertad de expresión se ejerce de diversas maneras, siendo los asesinatos, las desapariciones, amenazas, torturas y la persecución atentados directos contra el derecho a la vida, la libertad y seguridad (Organización de los Estados Americanos, [OEA] 1992). La violencia criminal se ha intensificado en el siglo xxi bajo el escenario de varias reformas económicas y políticas que, pese a los avances electorales y de pluralidad política, no han logrado capitalizar la arquitectura institucional entre los niveles de gobierno. En México hay una debilidad en lo público que se expresa en corrupción, incapacidad administrativa y fiscal, junto con escasa aplicación de la legalidad. En especial, hubo “[…] una politización excesiva de la vida social que no significa un fortalecimiento de lo público, sino una estatalidad deforme e incompetente que obedece a la presión de grupos con intereses particulares” (Zamitiz, 2010, p. 49) como fueron las élites tradicionales que conformaban los partidos políticos nacionales (Hincapié, 2015).
Solís y Prieto (2010) sostienen que desde finales del siglo xx el crimen organizado ya era un poder fáctico que lograba permear las entidades encargadas de administrar justicia por intermedio de los funcionarios públicos. El fortalecimiento de las fuerzas armadas para frenar el crimen organizado y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) de 1994, mediante la creación del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, fue vital para ejecutar tácticas de contraguerrilla y antinarcóticos (Piñeyro, 2005), pero que trajo consigo efectos nocivos para los derechos humanos. Es con la militarización del Estado y la lucha contra las drogas que “los asesinatos y ‘desapariciones’ de periodistas comienzan a convertirse en una macabra rutina que en muchos casos al principio apenas salía a la luz” (Gallur, 2013, párr. 7). De 37 periodistas asesinados entre 1983-1999, la cifra se triplicó a 119 entre 2000-2013, sin contar a los 21 periodistas víctimas de la desaparición forzada para este período (Ibid.). Esta cifra es cercana a la brindada por Article 19 (2022), según la cual 156 periodistas han perdido la vida en el marco de su labor informativa entre 2000 y primer semestre de 2022.
En el marco de este contexto vale explorar, teniendo en cuenta la complejidad y amplio debate que existe al respecto, las políticas y mecanismos de protección nacional e internacional sobre la libertad de expresión en México entre 2000 y el primer semestre de 2022. Se sostiene que la poca efectividad jurídica e institucional son el reflejo de un Estado que no logra coordinar con las entidades federativas, instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil la defensa de la libertad de expresión y seguridad de periodistas. Se argumenta que los agentes estatales y no estatales son responsables de estas agresiones por lo que desde el Estado mismo se producen violaciones a los derechos. Organismos internacionales como Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Parlamento Europeo (PE) observan y realizan seguimiento a esta crisis de derechos humanos en México.
En términos metodológicos, este artículo se ampara en una investigación mixta que dista entre lo documental y entrevistas a actores claves. Por un lado, acude a los informes de la CIDH, Reporteros sin Frontera (RSF), Article 19 y la Organización de las Naciones Unida para la Educación, Ciencia y Cultura. Esto se apoya con notas de prensa, fuentes bibliográficas y artículos indexados. Se entrevistaron a dos periodistas amenazadas que se encuentran apadrinadas por el proyecto “De la mano” del PE y a un eurodiputado que mantiene cercanía con el proyecto y periodistas agredidos en México. Las personas brindaron su testimonio de manera libre, voluntaria y anónima. No se publican nombres por sigilo y seguridad de la información proporcionada, pese a que se tiene autorización para publicar algunos datos relevantes.
En cuanto al contenido, el artículo inicia exponiendo el rol del Estado y el crimen organizado, escenario en el que se desenvuelve las agresiones y asesinatos de periodistas. En segundo lugar, se cuantifica y ofrece detalles del fenómeno y se explica el rol de las fuerzas estatales y no estatales en esta vulneración de derechos. En el tercer acápite se abordan los elementos que han impedido la aplicación efectiva de la ley y mecanismo de protección a periodistas. A renglón seguido, se retoma la incidencia de las organizaciones civiles e internacionales, entre estas, del proyecto de “De la mano” del PE. Por último, se presentan las conclusiones.
1.1. Antecedentes y contexto
La lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado en México ha generado una crisis de derechos humanos que atraviesa a familias, civiles, colectivos, mujeres, periodistas, migrantes, entre otros, en la que el Estado y las fuerzas armadas y de seguridad han sido corresponsables junto con el crimen organizado. Esto indica “[…] no sólo un grado de corrupción y descomposición político-administrativa de proporciones gigantescas, sino que la administración de la muerte para el control del capital criminal es sistemática y cada vez más generalizada” (Estévez, 2015, p. 7). En México, el Estado administra la muerte y el sufrimiento a las personas mediante una violencia privatizada que involucra a grupos criminales (Ibid.).
La lucha del Gobierno mexicano contra el crimen, desde la década de 1990, trajo consigo una fuerte represión gubernamental precedida por el fortalecimiento del aparato militar y operativo que contó con el apoyo de Estados Unidos. Bajo este escenario, los grupos delincuenciales crecieron y se fortalecieron en tanto que el Estado desplegaba tareas coercitivas para controlarlos. Lo que se aduce, previa investigación de organismos de control, como la Procuraduría General, es la complicidad de las fuerzas armadas con el crimen organizado: militares mexicanos prestaron ayuda al Cartel del Golfo, incluso, “[…] 40 de esos militares desertaron de la fuerza élite para organizar un ejército propio que sirvió de manera directa a las estructuras del crimen organizado, de donde nació, más adelante, la organización de los Zetas” (Astorga, 2007, pp. 163-164, citado por Hincapié, 2015, p. 20).
De igual manera, el Estado ha ejercido una fuerte represión contra civiles. Este fue el caso de la matanza de Acteal, en 1997, contra mujeres, niños y embarazadas indígenas, “[…] cometida por paramilitares priistas con la cobertura de las autoridades civiles y militares de la época” (Ceja, 2013, p. 685). La lucha contra el crimen trajo la militarización en zonas urbanas y puntos estratégicos del país, junto con la apropiación de los recursos del Estado por parte de las grandes organizaciones partidistas (Hincapié, 2015). Esta situación la había experimentado el país en las décadas de 1960 y 1970 con los Gobiernos de Gustavo Díaz y Luis Echeverría, quienes sacaron a los militares de sus cuarteles para reprimir a los movimientos estudiantiles y guerrilleros de la época, generando abusos y violaciones a los derechos humanos (Ceja, 2013).
Estos hechos se agudizaron en el contexto del crimen organizado en la década de 2000, con el Gobierno de Felipe Calderón. La militarización del territorio supone, desde entonces y a la fecha, una amenaza y un riesgo para la seguridad pública y los derechos humanos. El Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de 2011 de Naciones Unidas reveló que el Estado mexicano ha sido violador de derechos, ha cometido desapariciones forzadas y privaciones ilegales de la libertad. En relación con el despliegue militar, Naciones Unidas encontró que no hay “[…] información clara y específica sobre el tipo de control que las autoridades civiles realizan cada vez que las autoridades militares detienen a civiles” (2011, p. 7). Además: 1) los policías municipales son dirigidos por oficiales militares; 2) se produjeron violaciones de derechos humanos cometidas por el Ejército, en especial, en los estados de Coahuila, Guerrero, Chihuahua, Nuevo León y Tamaulipas; 3) las operaciones de los militares van más allá de las operaciones de seguridad, entre otros (Ibid.).
Así, el derecho a la libertad de expresión y la democracia se han visto socavadas por el Estado, las instituciones y funcionarios públicos. De acuerdo con De León (2020), lo que existió en México a lo largo del siglo xx fue una alianza entre el poder político y los poderes fácticos en la que los medios de comunicación fueron parte del corporativismo que servía a ese poder, para mantenerlo. El siglo xxi significó un momento de ruptura, un cambio precedido por el nuevo régimen político, las reivindicaciones sociales, las exigencias de una democratización del sistema, el cumplimiento de las libertades, entre otros (Ibid.).
De hecho, “[…] este contexto implica una transición histórica desde las prácticas gubernamentales autoritarias del pasado hacia un pluralismo político emergente y los reclamos de estándares democráticos” (Lanza & Kaye, 2018, p. 4). Uno de los avances fue la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información en 2002, siendo el primer mecanismo de su tipo en el que medios y periodistas podían demandar protección del Gobierno federal. Pese a lo implícito de la ley, algunos autores consideran que México es una democracia fallida que combina elementos del constitucionalismo, el pluralismo político e instituciones con formas de poder autoritarias que socavan los derechos de las personas (Szmolka, 2012, pp. 15-22).
El debilitamiento de la democracia se manifiesta, en el caso de este artículo, con las agresiones y asesinatos a periodistas, lo que convierte a México en uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo y en el que la única posibilidad, de acuerdo con los testimonios de periodistas, consiste en exigir justicia y generar presión internacional para ser visibilizados (Naciones Unidas, 2022). Para los periodistas: “Una prensa libre, que informe sobre los asuntos que conforman nuestras vidas, es una de las piedras angulares de cualquier sociedad” (AI, 2019, párr. 12).
Actores estatales y no estatales ejercen violencia, buscan quebrantar el Estado de derecho, aspecto que es denominado por Hernández (2020, p. 2) como el inicio de una “subversión social [criminal] de la democracia” que tiene por objeto eliminar la libertad de opinión y expresión. Para Ansolabehere, Serrano y Vázquez (2015, XXVI), junto al Estado, “[…] existe una multiplicidad de actores no estatales generadores de violencia, que se disputan con este el control territorial, aunque el Estado sigue siendo un actor relevante tanto en la producción como en la contención de la violencia”.
2. Breve balance sobre las agresiones y asesinatos
de periodistas en México
Entre 2000 y el primer semestre de 2022 ocurrieron en México 156 asesinatos a periodistas. Pese a que los crímenes se han cometido a lo largo y ancho del territorio, los estados con mayor incidencia del delito son Veracruz y Tamaulipas, con 31 y 14 casos, de forma respectiva, estados que se encuentran sobre el Golfo de México; Oaxaca y Guerrero, con 15 casos cada uno, ubicados sobre el Pacífico; Chihuahua, con 13 casos, estado fronterizo con Estados Unidos (Article, 2022). Pese a la distribución territorial heterogénea, los asesinatos se concentran en ciertos estados que son, en su mayoría, áreas urbanas intermedias en las que el crimen organizado y la corrupción política se asienta con mayor fuerza (Ríos, 2012). Los estados ubicados en el centro del país, como Zacatecas, San Luis Potosí, Guanajuato, Puebla, Morelos y Ciudad de México, son los que menos recurrencia del crimen tienen, con entre 1 y 2 periodistas asesinados (Article, 2022). En los estados intermedios, ubicados sobre el Pacífico, como Baja California, Sonora, Sinaloa y Michoacán, la recurrencia es de 4 a 6 periodistas asesinados.
En relación con el histórico de asesinatos, durante la presidencia Andrés López, desde 2018 han sido asesinados 36 periodistas, de los cuales 9 ocurrieron en el primer semestre de 2022. Estos resultados, en términos prospectivos, puede ser superior al registrado en el mandato de Enrique Peña (2012-2018), que fue de 47 asesinatos, y de Felipe Calderón (2006-2012), con 48 asesinatos, teniendo en cuenta que el mandato de López culmina en 2024. Estas cifras superaron los 22 asesinatos con el mandato de Vicente Fox (2002-2006) y de los 3 a inicios de 2000 con Ernesto Zedillo (Article, 2022).
Hay una tendencia al aumento de asesinatos a partir de 2006, que obedece a las políticas de militarización ejecutadas por Felipe Calderón, que trajo consigo “[…] una ofensiva nacional contra el narcotráfico que tuvo como consecuencia fuertes represalias hacia los periodistas de investigación que denunciaron sistemáticamente la corrupción de las autoridades y sus relaciones con el crimen organizado” (de Frutos, 2016, p. 79). Por el otro lado, desde la geopolítica del crimen, “[a] medida que el tráfico de drogas ha migrado de Colombia a México, el número de periodistas asesinados ha disminuido en el primer país y aumentado en el segundo” (Ríos, 2012, p. 290).
En el primer semestre de 2022 se reportaron 331 agresiones contra periodistas y medios de comunicación, lo que significa un incremento del 51,8 % en comparación con 2018 (Article, 2022a). Las agresiones más comunes son la intimidación y hostigamiento, con 101 casos; amenazas, con 66; el uso ilegitimo del poder público, con 45; ataque físico, con 29; y el bloqueo o alteraciones de los contenidos, con 298 casos (Ibid.). Las coberturas que ponen en riesgo a los periodistas son los temas de corrupción y política, con 168 casos; seguridad y justicia, con 76; derechos humanos, con 33; y protestas y movilizaciones, con 30 casos. Los estados con mayores agresiones en 2022 fueron Ciudad de México, con 49 reportes; Yucatán y Michoacán, con 30; Tamaulipas, con 21; Chiapas, con 20; Guerrero y Veracruz, con 17. Los estados en los que se cometen mayores agresiones son, a la vez, los de mayor recurrencia de asesinatos, a excepción de Ciudad de México, que destaca por tener la mayor cantidad de agresiones, pero su histórico de asesinatos es comparativamente bajo (Article, 2022a).
Ahora bien, la responsabilidad en las agresiones de 2022 la comparten los agentes estatales y no estatales. Las fuerzas estatales son las principales agresoras: 128 agresiones fueron cometidas por el Estado, 75 por funcionarios públicos, 45 por fuerzas de seguridad y 8 por las fuerzas armadas. Ente los agentes no estatales se encuentra el crimen organizado, con 30 casos; particulares, con 68; partidos políticos, con 17; y sin determinar, 88 casos (Ibid.). Este tipo de datos conllevan a dos reflexiones: 1) las agresiones de funcionarios y partidos políticos dependen en buena medida de los procesos electorales (Article, 2021); y 2) el 77 % de las agresiones de 2022 fue cometido por el Estado mexicano. Cabe destacar que estas solo son las agresiones que se denuncian y los casos que se tienen conocimiento.
Respeto a los asesinatos del primer semestre de 2022, es evidente la inacción del Estado y la impunidad, por lo que resulta difícil precisar la autoría intelectual y material de los hechos. Los crímenes reflejan la intención premeditada y el modus operandi, que es el sicariato a mano armada: Lourdes Maldonado fue acribillada a tiros dentro de su automóvil y el caso se encuentra en investigación (CCN, 2022). Lourdes con antelación había pedido protección al Gobierno, pues temía por su vida. Este caso fue condenado por la CIDH, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (CIDH, 2002a).
También se encuentra el caso de Roberto Toledo, quien recibió amenazas luego de haber denunciado corrupción política en Michoacán y fue asesinado frente a su casa con 8 tiros (El País, 2022); igual sucedió con Heber López, abatido en su casa y quien había recibido amenazas del alcalde y su personal de seguridad (El País, 2022a); Juan Camero Zazueta recibió 3 tiros de hombres armados que llegaron al gimnasio (2022b); Armando Linares, compañero de trabajo de Roberto Toledo en el medio Monitor Michoacán, investigaba casos de corrupción y había pedido protección a las autoridades, fue asesinado a tiros en su domicilio (BBC News, 2022). Estos son algunos de los casos.
El común denominador en estas muertes es que se trata de periodistas que habían pedido protección al Estado, habían denunciado casos de corrupción en sus localidades. Hasta 2010, el 80 % de los reporteros asesinados estaba investigando casos de corrupción (Prados, 2011). Eran personas que “[…] informaron y denunciaron principalmente actos de corrupción a nivel local, sobre delincuencia organizada y seguridad pública. Cinco de las personas periodistas asesinadas cubrían la fuente de seguridad y justicia y cuatro la de corrupción y política” (Article 19, 2022, p. 14).
Para algunos autores, esta impunidad se encuentra relacionada con la demora de las investigaciones y procesos penales que sancionen a las personas culpables. “Cuando no hay investigación, proceso o sanción, los agentes estatales y los particulares restan importancia a estas violaciones, de tal manera que tienden a repetirse” (Dondé, 2010, p. 267). Mientras que “[…] el 98 % de los homicidios cometidos en contra del gremio periodístico permanece en la impunidad” (Proceso, 2022, párr. 1).
Otro escenario en el que ocurren las agresiones es en el mismo gremio de periodistas y lugares de trabajo en los que las más vulnerables son las mujeres, pese a que el asesinato de periodistas se concentra en la población masculina. De 156 periodistas asesinados, 92 % corresponde a hombres y 8 % a mujeres (Article 19, 2022), siendo México el segundo país de la región hasta 2016 en el que más mujeres periodistas morían (de Frutos, 2016). Las agresiones a mujeres, que obedecen al contexto socio-cultural, pero también a “[…] informaciones que criminalizan a la víctima o tachan la agresión de violencia machista intrafamiliar, además de revictimizar a las profesionales de la información que sufren agresiones mediante la difusión de imágenes que vulneran su intimidad y la de sus familias” (de Frutos, 2016, p. 82), comprende las agresiones físicas, psicológicas y sexuales. Esto se ve agudizado porque “[…] la FEADLE no ha incluido una perspectiva de género en su trabajo que le permita actuar de manera más eficaz ante los delitos contra mujeres periodistas, que, como resultado de la discriminación, muchas veces no se denuncian” (Lanza & Kaye, 2018, p. 13).
3. Ley de Protección a Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas y Mecanismo de Protección
México ha generado una serie de medidas legislativas e institucionales para proteger la libertad de expresión. En la actualidad esta se encuentra regulada por los artículos 6 y 7 de la Constitución y establece la obligación del Estado en la no interferencia del ejercicio y los límites para el ejercicio de este derecho. En lo legislativo se encuentra la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de 2002, que obliga a que la información generada, obtenida, adquirida o transformada por organismos e instituciones en el ámbito federal sea pública y accesible a cualquier persona.
Ante las presiones de la sociedad civil organizada, las redes de periodistas y de los organismos internacionales (González y Reyna, 2019), el Gobierno federal expidió en 2012 la Ley de Protección a Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas que contempla, en su artículo 1, el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Este mecanismo fue un pedido de la sociedad civil desde finales del siglo xx y “[…] una de las principales recomendaciones formuladas por los relatores especiales de la CIDH y la ONU tras su visita in loco al país efectuada en agosto de 2010” (OEA, 2022, caso México).
La promulgación de la ley se dio en medio de la conmoción nacional por el brutal asesinato de la periodista Regina Martínez en 2012, quien informaba sobre los carteles de la droga en Veracruz, corrupción policial, abusos de autoridad y cuyo crimen sigue sin esclarecerse (OCCRP, 2021, párr. 3). El crimen de Regina estuvo antecedido por el asesinato de 8 periodistas en 2011, entre ellas, dos mujeres: Yolanda de la Cruz y Elizabeth Macías (Article 19, 2022).
El Mecanismo per se es centralizado, pues establece una Junta de Gobierno que lidera una persona representante de la Secretaría de Gobernación, Fiscalía General, representantes de las Secretarías de Seguridad, Relaciones Exteriores y Comisión Nacional de Derechos Humanos y cuatro personas del Poder Ejecutivo. Se instaura, además, un Consejo Consultivo como órgano de consulta de la Junta de Gobierno, una Coordinación Ejecutiva Nacional (encargada de coordinar las entidades federativas y las dependencias de la administración federal), unas Unidades Auxiliares (orgánico técnico de la coordinación). La ley plantea que las entidades federativas deben generar medidas de prevención y protección, entre otros (Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, 2012).
Romo (2015) ha señalado que el Mecanismo tuvo en sus inicios varios tropiezos institucionales, en parte, por el cambio de Administración pública del Gobierno de Felipe Calderón al de Enrique Peña, pobre atención a los peticionarios, organigrama poco claro, ausencia del fidecomiso. El Consejo Consultivo ha manifestado que se debe fortalecer “[…] la voluntad y el compromiso de las entidades federativas” (Romo, 2015, p. 12). Entre 2013 y 2015, además, hubo un cambio en la metodología de trabajo, sumado al rezago en la atención de peticionarios, salvo aquellos de carácter colectivo. Por ende, no se puede afirmar que el mecanismo haya sido efectivo, ya que las cifras de agresiones y asesinatos siguen consolidándose.
El incremento de crímenes contra periodistas es una evidencia irrefutable [de] que la política de protección gubernamental no está funcionando no sólo porque está concentrada en el Mecanismo de Protección, lo cual de por sí la limita, sino porque ahora esta instancia esta más débil que nunca, sin una verdadera dirección, con un vaciamiento de personal capacitado en la protección, y sin una política de prevención como lo mandata la ley, pues ni siquiera hay una persona responsable de esa área desde noviembre del año pasado y hoy una sola persona coordina la unidad recepción de casos, de seguimiento y análisis de riesgo y lleva el control de calidad (Lagunes, 2022, párr. 3).
Si bien, hay una destacada bibliografía que analiza la ley y el mecanismo federal, esto contrasta con la inexistencia de investigaciones sobre los contenidos y aplicación de las leyes locales al respecto (De León y González, 2020). Algunas entidades federativas, como Chiapas, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, entre otras, se caracterizan por tener leyes locales que protegen a los periodistas y replican los elementos y estructuras de la ley federal (De León, 2020). Sin embargo, no todos los estados tienen una red estatal y mecanismos de prevención. Por ejemplo, en 14 estados no existen leyes estatales y de las 18 entidades que tienen una ley estatal en solo 14 mandatan el derecho a la protección estatal (Comisión Nacional de Derechos Humanos [CNDH], 2022, p. 37).
La ausencia de medidas de prevención y reacción que atiendan los asesinatos en varias federaciones que son epicentro del crimen, como Colima, Aguascalientes, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Yucatán (CNDH, 2022), es otra de las dificultades, pese a que el Código Nacional de Procedimientos Penales amplió la competencia en 2014 para que las personas pudieran interponer las denuncias en el ámbito federal. Se “[…] ha demostrado tener muchas fallas derivadas, principalmente, de la falta de voluntad política para destinar recursos y efectuar una protección eficaz” (González y Reyna, 2019, p. 65. Traducción de los autores), sumada a la limitación de recursos, procesos burocráticos, la ralentización de los trámites y solicitudes de protección, entre otros (De León, 2020).
Si bien, es necesario establecer reglas operativas y definir las responsabilidades de los actores, también es cierto que el exceso de burocratización ralentiza la acción protectora. Las leyes más burocráticas son las de protección a las agresiones, en donde las categorías con mayor porcentaje de codificación corresponden a la administración de los mecanismos, la elaboración de diagnósticos para comprobar la validez de la petición de protección y la administración de comités y de los fondos y fideicomisos (De León & González, 2020, p. 99).
4. Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (Feadle)
La Feadle es creada en 2006 y se encarga de dirigir e investigar los delitos contra la prensa y la libertad de expresión como parte del deber juridico que emana de la Constitución, en su artículo 6, del principio 9 de la Declaración sobre Libertad de Expresión de la CIDH y de todas las leyes generales sobre derechos humanos, delincuencia, información pública, entre otros. Cabe resaltar que las competencias de la Feadle son limitadas por cuanto se centra en la investigación del delito que se comete en el ejercicio de la labor periodística, por ende, no investiga hechos delictivos en los que se denuncian a periodistas, no imparte justicia y tampoco protege a los periodistas.
De acuerdo con las estadísticas de la Feadle, ha habido un avance en materia de investigación de casos. De 2000 a junio de 2022 se ejerció acción penal en 308 ocasiones en delitos cometidos contra la libertad de expresión, de los cuales el 58,4 % de los casos fue de 2018 en adelante (Feadle, 2022, p. 10). Es decir, hay aumento de la judicialización que coincide con la puesta en vigencia del sistema penal acusatorio, cuyas investigaciones se concentran en “Quintana Roo (13,5 %), Ciudad de México (11,6 %), Yucatán (8,4 %), Tlaxcala (7,1 %), estado de México (6,5 %) y Puebla (5,8 %)”. Lo que se deduce con esta información es que: 1) en las entidades federativas en las que se concentran los asesinatos de periodistas (Tamaulipas, Oaxaca, Guerrero y Chihuahua) no suelen ser de forma precisa los que encabezan las listas de investigaciones de las agresiones (a excepción de Veracruz); y 2) en las entidades en las que la recurrencia de asesinatos es baja o no existen (Puebla, Morelos, Guanajuato, Tlaxcala, estado de México, Ciudad de México) se presentan los mayores casos de investigaciones judiciales por agresiones.
En relación con las denuncias de 2010-2020 por delitos contra periodistas existen 1528 expedientes en la Feadle. Los estados en los que mayores denuncias se ha realizado son aquellos en los que, justamente, ocurre el mayor número de asesinatos (a excepción de Ciudad de México y estado de México), aunque eso no implique la judicialización. Así, sobre el Golfo de México, las entidades de Veracruz, Quintana Roo y Tamaulipas registran 131, 114 y 68 denuncias, de forma respectiva; sobre el Pacífico destacan Guerrero, Oaxaca, Chiapas, Michoacán y Sinaloa, con 85, 76, 46, 42 y 34 denuncias, en tanto que en la frontera con Estados Unidos son Sonora, Chihuahua y Coahuila con 46, 52 y 54 denuncias, de forma respectiva (Ibid., p. 54).
Las cifras de la Feadle contrastan y son distintas a las arrojadas por Article 19. Por ejemplo, la Feadle solo tiene registros de asesinatos desde 2010, momento en el que empieza a operar, a diferencia de Article 19, que maneja datos y cifras desde la década de 1990. Por otro lado, el número de asesinatos reportado por Feadle desde 2010 siempre ha sido superior a las cifras de Article 19, lo que refleja un problema de sistematización y de investigaciones más profundas.
Los casos más judicializados tienen relación con agresiones, como el abuso de autoridad (106 casos), amenazas (91), robo (41), lesiones (40), daño en la propiedad ajena (23) (Feadle, 2022, p. 15). Entre 2010 y 2022 se ejerció acción penal sobre 224 funcionarios públicos, de los cuales 119 fue por abuso de autoridad, 21 por infringir la administración de justicia, 16 por lesiones, 35 por tortura, 17 por tratos inhumanos. Tres funcionarios fueron procesados por homicidios (Ibid., p. 24). De las sentencias condenatorias por homicidio de 2010-2022 solo hay 5 casos: 3 en Chihuahua, 2 en Sinaloa y 1 en Guanajuato (Ibid., 36-37) y ningún acuerdo reparatorio con los familiares de las víctimas. Esto refuerza la idea de que la institución no ha luchado contra la impunidad y no ha logrado recuperar la confianza de la sociedad: “[…] los periodistas mexicanos recurren a la autocensura o [tienen] mayor disposición a renunciar, no como efecto directo del riesgo, sino porque se sienten impotentes ante la falta de acompañamiento y protección de las instituciones y la sociedad en general” (González & Reyna, 2019, p. 152. Traducción de los autores).
5. Mecanismos de protección internacional
Las agresiones y asesinatos de periodistas en México tienen una fuerte connotación y presión internacional. México es uno de los países de la región que más compromisos ha adquirido para la protección de dicha libertad, entre los más importantes, la Declaración de Chapultepec en 1994, la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de 2000 y la Carta Democrática Interamericana de 2001. A escala nacional, los planes de desarrollo y programas de derechos humanos han ratificado la responsabilidad del Estado en la seguridad de la labor periodística, lo cual contrasta con la no materialización de las condiciones jurídicas e institucionales. Otros avances son la reforma al Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal en 2006 y 2007, de forma respectiva, con las que se garantiza el secreto profesional de los periodistas, entre otros (Gobierno de México, 2011).
La firma de estas declaraciones internacionales buscó posicionar a México como defensor y promotor de los derechos humanos y de la libertad de expresión (López, 2015, p. 214), una labor que recae en la sociedad, jueces y poderes del Estado. La Declaración de Chapultepec sobre libertad de expresión adoptada por la OEA en sus 10 principios considera que: “Una prensa libre es condición fundamental para que las sociedades resuelvan sus conflictos; es esencial para construir la democracia; y un baluarte y antídoto contra todo abuso de autoridad” (CIDH, 1994, principio 1). Luego de 27 años de firmada la declaración, se sigue considerando que:
México consolida su primer puesto en la categoría de los países más peligrosos para la profesión. Durante los últimos cinco años, el país ha registrado un invariable promedio de entre 8 y 10 periodistas asesinados cada año. La llegada al poder hace dos años del presidente Andrés Manuel López Obrador no ha logrado aliviar las lacras que azotan México. Persisten los vínculos entre los narcotraficantes y la clase política, y los periodistas que se atreven a abordar estos asuntos siguen siendo víctimas de asesinatos, en ocasiones salvajes (RSF, 2000, p. 2).
Para organismos internacionales como AI y CIDH el primer paso para reconocer la libertad de expresión es que se trata de una libertad política que es reconocida en lo constitucional y aceptada por cada uno de los Estados parte. En este sentido, los tratados y la jurisprudencia internacional desarrollada orientan en la interpretación de la protección de los derechos humanos, siendo el deber de los Estados respetarlos, caso contrario, pueden ser sancionados por incumplimiento o falta de ejecución. Esta jurisprudencia data, para el caso mexicano, con la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración Universal de los Derechos Humanos en la segunda mitad del siglo xx. Hasta 2021 y ante la ausencia de justicia, cinco casos de periodistas asesinados fueron presentados en la CIDH (Alianza de Medios, 2021).
Cabe mencionar que estos tratados internacionales complementan la legislación constitucional sobre derechos humanos, pero no resultan vinculantes desde el punto de vista jurídico nacional. La dimensión del problema es compleja y no solo compromete a los familiares de las víctimas, sino también a las entidades de comunicación y traspasa los acuerdos y compromisos pactados a nivel internacional. En sintonía con González (2017, p. 205), son “[…] las autoridades y funcionarios administrativos, los legisladores, los jueces y los titulares de los órganos constitucionales autónomos de los tres niveles de gobierno”, como sujetos que formulan y ejecutan la justicia y las leyes, quienes deben propiciar esta protección de derechos y de la vida de los periodistas.
5.1. Sociedad civil y Parlamento Europeo
La ausencia de administración de justicia efectiva ha llevado a que organizaciones de la sociedad civil ejerzan mecanismos de presión que, aunque carecen de condiciones políticas para ser viables, son una alternativa que funciona para erosionar la judicialización de los casos (Ansolabehere y Vázquez, 2015, p. 64). Destacan las demandas de periodistas y organizaciones como RSF, Article 19, el Sindicato Nacional de Redactores de Prensa, el Centro Internacional para los Periodistas, el Comité para la Protección de Periodistas, Red Mexicana de Periodistas Ambientales, entre otros, que han solicitado del Estado la investigación oportuna y precisa de los casos, manifiestan la preocupación por las vidas del gremio de periodistas y condenan la ausencia de protección legal.
En 2015, diversas organizaciones de periodistas exigieron al presidente Peña Nieto justicia por el asesinato de Rubén Espinosa, Nadia Vera, Yesenia Quiroz, Olivia Alejandra, Mile Martín y una rendición de cuentas pública a Javier Duarte, gobernador de Veracruz, quien mantenía varías empresas fantasmas, empresas que fueron descubiertas por la labor periodística (Article, 2017, p. 22). “Además, Nadia y Rubén habían referido en distintos medios de comunicación que culpaban al entonces gobernador y ahora prófugo Javier Duarte Ochoa de cualquier cosa que pudiera pasarles a ellos, sus amigos o su familia. Todas las denuncias y alertas jamás fueron atendidas por las autoridades federales y estatales” (Article 2017, p. 141).
Este tipo de presiones civiles ha tenido efectos positivos en lo internacional. Se logró en 2017 que la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la ONU y la CIDH visitaran de manera conjunta a México con el fin de evaluar la libertad de expresión y seguridad de los periodistas, así como para dar seguimiento a las recomendaciones de la visita de 2010. Las observaciones fueron claras: 1) proteger a los periodistas mediante reformas legales, mecanismos federales, recursos humanos y económicos que busquen el cumplimiento de dicho objetivo; 2) rendición de cuentas sobre los periodistas asesinados, lo que implica el financiamiento de la Feadle, priorizar la investigación y judicialización de casos y establecer un programa de testigos protegidos, entre otros (Naciones Unidas, 2017).
Otra institución interviniente es el Parlamento Europeo (PE) que, aprovechando la voluntad y el compromiso de la Unión Europea (UE) para defender la democracia, busca materializar la protección de derechos humanos en aquellos Estados con los que mantiene acuerdos y políticas comerciales. Así, el Consejo de Asuntos Exteriores de la UE en 2014 emitió las “Directrices de la UE sobre libertad de expresión online y offline” dirigidas a las embajadas de la UE y Estados miembros asentados en otros países (Consejo de la Unión Europea, 2014). El PE cuenta con el apoyo de Article 19, que hace las veces de puente entre la UE y la sociedad civil.
Esto ha permitido la creación y puesta en marcha del único proyecto del PE que tiene por objetivo garantizar la integridad física de periodistas mexicanos amenazados desde 2018. El proyecto “De la mano” no tiene apoyo técnico ni asignación económica de la UE, pero es una iniciativa que permite movilizar recursos con terceros para apadrinar a un periodista amenazado y garantizarle su derecho a la vida y a la libertad de expresión. “El objetivo es que diputados y periodistas mantengan un hilo de comunicación entre ellos. Esta relación puede tener mayor visibilidad a nivel internacional y cierto apadrinamiento exterior sobre los periodistas que podrían entrar en el proyecto” (eurodiputado, entrevista del 30 de septiembre de 2018).
No obstante, desde el Gobierno de López Obrador hay una actitud de no injerencia en los asuntos internos luego de que el PE instara en marzo de 2022 a que las autoridades de México “[…] se abstengan de publicar cualquier comunicación que pueda estigmatizar a los defensores de los derechos humanos, los periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación, exacerbar el ambiente contra ellos o distorsionar sus líneas de investigación (Associated Press, 2022, párr. 8). Esto erosiona el Diálogo de Alto Nivel sobre Derechos Humanos que realiza la UE y México en el marco del Acuerdo Global desde 2017, iniciativa recogida por la organización política de Esquerra Republicana de Catalunya con atención en México (eurodiputado, entrevista del 30 de septiembre de 2018).
El proyecto “De la mano” necesita fortalecerse y generar mayor impacto, ya que hasta el momento solo cinco periodistas han sido apadrinados. Se espera que el PE logre transmitir esta necesidad a la Comisión de Derechos Humanos de la UE y, mediante este canal, propiciar un diálogo político sobre derechos humanos con México. Para el eurodiputado entrevistado, al periodista protegido le resulta positivo esta red de apoyo, ya que le garantiza su vida, incluyendo las fuentes que le suministran la información.
Los cinco periodistas apadrinados fueron seleccionados de manera conjunta con Article 19, siendo el común denominador personas que atraviesan un alto grado de censura, violencia, “[…] adversidad que se incrementa debido al género o por etnicidad, y la impunidad que los ha acompañado” (eurodiputado, entrevista del 30 de septiembre de 2018). Una de las personas apadrinadas del proyecto manifiesta que tuvo consciencia del riesgo y de la vulnerabilidad a la que se enfrentaba a causa de su profesión en 2010 en San Luis de Potosí. “El jefe de policía nos dijo, a mí y al fotógrafo que venía conmigo en la cobertura de una noticia, que no nos podía garantizar que saliésemos con vida y que él se cuadraba ante el jefe narco local” (periodista 1, entrevista del 1 de julio de 2020).
En esta línea, otra persona apadrinada explicó que ha sido víctima de múltiples agresiones desde 2012 y de una falsa ejecución que le hicieron a su hijo luego de que ella publicara una noticia muy delicada sobre el crimen organizado y los partidos políticos (periodista 2, entrevista del 1 de julio de 2020). Sin embargo, y hasta el momento, la administración de justicia, como sucede en más del 95 % de los casos según Article 19, no ha judicializado a los responsables y, por el contrario, está amenazada de muerte. Pese al bajo número de apadrinados, los periodistas protegidos siguen con vida y ejerciendo su profesión con el riesgo que ello implica. El programa supone una posibilidad y un apoyo para sus vidas. Esta realidad, lleva a preguntarnos por el alcance del PE y del proyecto “De la mano” en la protección de quienes ejercen el periodismo en México. Dicha incidencia es aún incierta.
6. Conclusiones
México es uno de los países de la región en los que ejercer el periodismo, la libertad de prensa y de expresión se convierte en un peligro inminente. Los periodistas en México son agredidos y asesinados, una violencia criminal que tiene por responsables a agentes estatales y que se intensifica entre 2000 y 2022. En el siglo xxi han sido asesinados 156 periodistas realizando su labor informativa. En el primer semestre de 2022 se registraron 9 muertes y 331 agresiones y se espera que al finalizar el actual Gobierno de López Obrador en 2024 los números sean más altos. Las cifras en México superan a los asesinatos de periodistas en Estados en los que existe un historial de guerras civiles y conflictos que tienen por epicentro a Siria, Libia y Afganistán. En efecto, entre el período de gobierno de Peña Nieto y López Obrador hay un incremento del 51,83 % de agresiones contra la prensa. Es decir, estamos frente a un problema que día tras día crece y no se detiene.
Las agresiones contra la prensa se encuentran vinculadas con la militarización del Estado, el crecimiento y expansión del crimen organizado y la corrupción política. En este sentido, las políticas y mecanismos de protección nacional, que son centralizados, no son efectivos, en parte, porque uno de los actores que ejerce violencia contra los periodistas es el Estado, además del crimen organizado, que ha permeado las estructuras de las instituciones públicas como las fuerzas de seguridad. Los diferentes niveles de gobierno, funcionarios y fuerzas armadas y de seguridad han vulnerado los derechos humanos, socavado las bases de la democracia y ejercicio de las libertades, convirtiendo a México en un país en el que la crisis de derechos es permanente y la única opción para las víctimas es exigir justicia y generar presión internacional de organismos como la CIDH, la ONU, entre otras.
Este artículo también pone de manifiesto que la ausencia de un sistema legal que se articule entre los distintos niveles de Gobierno supone la ausencia de judicialización y aumento de la impunidad. En lo jurídico, la Ley de Protección a Personas Defensoras de los Derechos Humanos y el Mecanismo de Protección son novedosos en la región, pero sus resultados seguirán siendo poco efectivos si no se articula con políticas locales de protección a la vida y el derecho a informar. Esta juridicidad se enfrenta a la escasa voluntad política, carencia de compromiso de las entidades federativas, trabas técnicas y presupuestarias que dificultan su efectividad. Pese a que la ley es un parteaguas para que entidades federativas implementen políticas y mecanismos, hay estados en los que no existen leyes locales y regulación al ejercicio periodístico.
Desde la institucionalidad, la Feadle investiga los delitos contra periodistas y ha habido avances desde 2010 en la judicialización de casos de acuerdo con los informes. No obstante, en los casos de asesinatos a periodistas son escasos los resultados, las víctimas no reciben acuerdos reparatorios y, en especial, la tasa de impunidad sigue siendo alta. Esto lleva a preguntarnos sobre cuál es el nivel de confianza que los ciudadanos sienten hacia las instituciones públicas, en especial, de la Feadle.
Por último, la CIDH, ONU y PE han vuelto su interés a lo que acontece en México, siendo una manera de generar presión internacional para que las agresiones y asesinatos mermen y para que los niveles de impunidad no registren altas cifras. Organizaciones de la sociedad civil han sido las encargadas de dar a conocer y denunciar la situación de las periodistas y presionar para que el Gobierno mexicano actúe en defensa de los derechos humanos y de la libertad de expresión. En esta línea, el proyecto “De la mano”, del PE, ha sido una iniciativa que, aunque incipiente, hace un llamado a apadrinar y proteger la vida de los periodistas, a que la libertad de expresión siga su debido curso.
7. Referencias bibliográficas
Alianza de Medios (2021). En manos de la CIDH, cinco casos de periodistas mexicanos. Redacción. Recuperado de https://bit.ly/3AkF9Q9
Amnistía Internacional (2019). Periodistas y su libertad de expresión. Recuperado de https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/temas/libertad-de-expresion/
Ansolabehere, K., y Valdés, F. (2015). Democracia, derechos humanos y Estado en México: ¿erosión por deterioro? En K. Ansolabehere, S. Serrano y L. Vásquez (coords.), Los derechos humanos y la violencia: Estado, instituciones y sociedad civil, pp. 45-70. Universidad de Los Andes y Flacso-México.
Article 19 (2022). Periodistas asesinados/as en México. Con posible relación a su labor periodística (2000-2022). Recuperado de https://articulo19.org/periodistasasesinados/
_____ (2022a). Primer semestre de 2022. La impunidad y negación contra ante la violencia extrema contra la prensa persiste. Informe especial Article19 MX. Recuperado de https://articulo19.org/primer-semestre-2022/
_____ (2021). Primer semestre de 2021: la violencia contra la prensa prevalece, al igual que la inacción del Estado. Recuperado de https://bit.ly/3NTCTER
_____ (2017). Libertades en resistencia. Recuperado de https://bit.ly/2UxoMsS
Associated Press (2022). México rechaza críticas de UE por asesinatos de periodistas. Recuperado de https://bit.ly/3hMPldH
BBC News (2022). Matan a tiros en Michoacán al periodista Armando Linares, el octavo asesinato de un reportero en México en 2022. Recuperado de https://bbc.in/3htJnOL
Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión (2012). Ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas. 25 de junio. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPPDDHP.pdf
Ceja, J. (2013). Seguridad ciudadana, militarización y criminalización de las disidencias en México (2006-2012). Espacio Abierto, 22(4), pp. 681-699. Recuperado de https://bit.ly/3Og0sId
Comisión Interamericana de Derechos Humanos [CIDH] (2022). La RELE condena la persistencia de asesinatos a periodistas en México. Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Comunicado de prensa R102/22. Recuperado de https://bit.ly/3UocbqA
_____ (2022a). CIDH, RELE y ONU-DH México condenan el asesinato de la periodista Lourdes Maldonado. Comunicado de prensa n.° 20. Recuperado de https://bit.ly/3Gmt3tA
_____ (1994). Declaración de Chapultepec. Adoptada en la Conferencia hemisférica sobre libertad de expresión celebrada en México, D. F. Recuperado de https://bit.ly/3TPabXi
CNN Español (2022). Asesinan a la periodista Lourdes Maldonado en México; es la tercera en dos semanas. Por Karol Suárez. Recuperado de https://cnn.it/3UJ2RNu
Comisión Nacional de Derechos Humanos [CNDH] (2022). Diagnóstico sobre los alcances y retos del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. CNDH-México. Recuperado de https://bit.ly/3UjTcwR
Consejo de la Unión Europea (2014). Directrices de la UE sobre libertad de expresión online y offline. Bruselas: UE.
Corte Interamericana de Derechos Humanos (2018). Informe Especial sobre la Situación de la Libertad de Expresión en México. CIDH y Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Recuperado de https://bit.ly/2DjLFdZ
De Frutos, R. (2016). Mujeres periodistas: violencia aumentada. Infoamérica: Iberoamerican Communication Review, 10, pp. 69-84. Recuperado de https://bit.ly/3NZQ5bo
De León, S. (2020). Desafíos en la protección de la libertad de expresión en México: 20 años de avances con pobres resultados. Pangea. Revistade la Red Académica Iberoamericana de Comunicación, vol. 11, n.º 1, pp. 46-60. Recuperado de https://n9.cl/2mrim7
De León, S., y Gonzáles, R. (2020). Reportear en el desamparo: Análisis de las medidas de protección a periodistas en México desde el contexto local. Revista de Comunicación, 19(2), pp. 87-109. Recuperado de https://bit.ly/3UvZcDa
DatosMacro (2022). México - Índice de percepción de la corrupción. Recuperado de https://bit.ly/2QcSZht
Dondé, M. (2010). El concepto de impunidad: leyes de amnistía y otras formas estudiadas por la corte interamericana de derechos humanos. En G. Elsner et al. (coords.), Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional, pp. 263-294. Corte IDH.
El País (2022). La última historia de Don Rober, reportero asesinado en Michoacán. Por Almudena Barragán. Recuperado de https://bit.ly/3Gai85Q
_____ (2022a). Asesinado en Oaxaca el periodista Heber López Vásquez, el quinto crimen contra la prensa de México en 2022. Por Darinka Rodríguez. Recuperado de https://bit.ly/3Tvmo3e
_____ (2022b). Asesinado a tiros un periodista en el interior de un gimnasio en Sonora. Recuperado de https://bit.ly/3hqFvhl
_____ (2011). México, peligroso para los periodistas. Por Luis Prados. Recuperado de https://bit.ly/3Up7kFw
Estévez, A. (2015). La crisis de derechos humanos y el dispositivo de administración del sufrimiento: necropolítica pública de víctimas, defensores y periodistas en México. El Cotidiano, 194, pp. 7-17. Recuperado de https://bit.ly/3zHBwn0
Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión [Feadle] (2022). Informe estadístico a junio de 2022 de la Feadle. Recuperado de https://n9.cl/2qa8l
Gallur, S. (2013). Un atentado al derecho a la información: treinta años de asesinatos y desapariciones de periodistas en México. Contribuciones a las Ciencias Sociales. Recuperado de https://bit.ly/3DV24n1
Gobierno de México (2011). Libertad de expresión. Recuperado de https://bit.ly/3UYYsX4
González, L. (2017). Aplicación de los tratados internacionales y la jurisprudencia de la CIDH en la protección de la libertad de expresión. Revista de la Facultad de Derecho de México, 63(259), pp. 199-234. Recuperado de https://bit.ly/3UZDDdP
González, R., & Reyna, V. (2019) They don’t trust us; they don’t care if we’re attacked: Trust and risk perception in Mexican journalism. Communication & Society, 32(1), pp. 147-160. https://doi.org/10.15581/003.32.1.147-160
Hernández, V. (2020). Candidatos asesinados en México, ¿competencia electoral o violencia criminal?. Revista Política y Gobierno , vol. XXVIII, n.º 2, pp. 1-30.
Hincapié, S. (2015). Conflicto social, reformas estatales y crimen organizado: México y Colombia, 1982-2012. En K. Ansolabehere, S. Serrano y L. Vásquez (coords.), Los derechos humanos y la violencia: Estado, instituciones y sociedad civil, pp. 3-44. Universidad de Los Andes y Flacso-México.
Lanza, E., y Kaye, D. (2018) Informe Especial sobre la Situación de la Libertad de Expresión en México. México: Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.
Lagunes, L. (2022). El fracaso de la política de protección a periodistas. Cimanoticias, periodismo con perspectiva de género. Recuperado de https://bit.ly/3UP9CgV
López, J. (2015). Fases históricas de la defensa de los derechos humanos en Colombia y México. Las ONG en contextos de violencia 1970-2010. En K. Ansolabehere, S. Serrano y L. Vásquez (coords.), Los derechos humanos y la violencia: Estado, instituciones y sociedad civil, pp. 191-234. Universidad de Los Andes y Flacso-México.
Naciones Unidas (2022). Si callan los periodistas, la sociedad pierde la posibilidad de ejercer sus derechos, afirman seis periodistas mexicanos. Centro de Información de México. Recuperado de https://news.un.org/es/story/2022/11/1516572
_____ (2017). Observaciones preliminares del Relator Especial de la ONU sobre la libertad de expresión y el Relator Especial sobre libertad de expresión de la CIDH después de su visita conjunta en México, 27 de noviembre - 4 de diciembre. Recuperado de https://bit.ly/3TMdhLs
_____ (2011). Informe del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas e Involuntarias. Misión a México. A/HRC/19/58/Add.2.
O’Donnell, G. (2010). Democracia, agencia y estado: teoría con intención comparativa. Prometeo.
OCCRP (2021). Los archivos del caso de Regina Martínez. Por Lilia Saúl y Nathan Jaccard. Recuperado de https://bit.ly/3A3VDf1
Organización de los Estados Americanos [OEA] (2022). Violencia contra periodistas. CIDH. Recuperado de https://bit.ly/3E07Na7
Organización de las Naciones Unida para la Educación, Ciencia y Cultura [Unesco] (2016). Es tiempo de romper el ciclo de violencia contra periodistas. Puntos clave del Informe 2016 de la Directora General de la Unesco sobre la seguridad de los periodistas y el peligro de la impunidad. Unesco. Recuperado de https://bit.ly/2AP2oU7
_____ (2022). UNESCO: 86 % de los asesinatos de periodistas permanece impunes, un nivel inaceptablemente alto. Comunicado de prensa. Recuperado de https://bit.ly/3UnvMHj
_____ (2020-2021). Protege a los periodistas, protege la verdad: un folleto publicado en ocasión del Día Internacional para Poner Fin a la Impunidad de los Crímenes contra Periodistas que incluye las principales conclusiones del informe de la Directora General sobre la seguridad de los periodistas y el peligro de la impunidad. Unesco. Recuperado de https://bit.ly/3DW67zK
Parlamento Europeo [PE]. (2020). Apoyo a la democracia global. PE.
Piñeyro, J. (2005). Las fuerzas armadas y la contraguerrilla rural en México: pasado y presente. Nueva antropología, 20(65), pp. 75-92. Recuperado de https://bit.ly/3hUe28d
Proceso (2022). En México, el 98 % de asesinatos de periodistas sigue en la impunidad denuncia la UNESCO. Por Diana Lastiri. Recuperado de https://bit.ly/3tPfLOM
Reporteros sin Fronteras [RSF] (2020). Balance 2020 de periodistas asesinados. Recuperado de https://bit.ly/3hNyWWa
Ríos, V. (2012). Tendencias y explicaciones al asesinato de periodistas y alcaldes en México: el crimen organizado y la violencia de alto perfil. En J. Aguilar (coord.), Las bases sociales del crimen organizado y la violencia en México, pp. 275-307. Centro de Investigación y Estudios en Seguridad.
Romo, P. (2015). Antecedentes y evolución de mecanismo de protección de personas defensoras y periodistas. Artículo elaborado para Protegiendo a Periodistas y Defensores CNDH. Recuperado de https://bit.ly/3A7OFpI
Solís, B., y Prieto, I. (2010). Agresiones a la libertad de expresión en México. Chasqui, Revista Latinoamericana de Comunicación n.º 109, pp. 43-47. Recuperado de https://bit.ly/3hRLpZa
Szmolka, I. (2012). Regímenes políticos. En I. Szmolka (ed.), Elementos para el análisis comparado y procesos políticos, pp. 16-22. Universidad de Granada.
Zamitiz, H. (2010). Reformas estructurales, reforma del Estado y democratización en México (1982-2009). Estudios Políticos, 20, pp. 29-55. Recuperado de https://bit.ly/3T2IIRn
1 El artículo contiene los resultados tanto de la estancia de investigación realizada entre marzo y agosto de 2022 en el Ibero-Amerikanisches Institut de Berlín por Alexis Berg-Rodríguez como de la investigación realizada por María Neus Pons Carrera en su TFM en la Universitat Oberta de Catalunya.