Estado & comunes recoge buenas prácticas editoriales para brindar claras directrices a personas colaboradoras, potenciar la difusión y ofrecer reflexiones relevantes sobre el Estado, administración y políticas públicas. Esta lista busca que autores, evaluadores y el equipo editorial atiendan los lineamientos y principios establecidos. Esta revista sigue las directrices del Committee on Publication Ethics (COPE), disponible en https://bit.ly/2TNrp89

 

I. Autores

 

- Propiedad intelectual 

     * Los autores pueden disponer del artículo sin ningún tipo de limitación de sus derechos morales o patrimoniales.

     * Los autores declaran que no han vulnerado los derechos de propiedad intelectual de terceras personas.

     * Mayores detalles en la pestaña Derechos de autor en esta página.

 

- Postulaciones

     * Todo autor que postula su artículo a cualquiera de las convocatorias declara que ha leído las bases para la recepción de artículos, entiende los requisitos y se compromete a cumplirlos. Ello incluye el presente código de ética y las políticas editoriales de la revista.

     * Un autor o autora envía un artículo a las convocatorias a título personal y es la única persona que realiza o procesa cambios o modificaciones al artículo durante la edición.

     * Un autor o coautor puede enviar un solo artículo. Mientras dura el proceso de edición en Estado & comunes no puede enviar el mismo artículo a otras revistas, libros o plataformas digitales.

     * No se consideran publicaciones consecutivas de un mismo autor o coautor. Un autor o autora deberá a esperar un número siguiente para volver a publicar.

     * Un artículo rechazado para su publicación no podrá ser postulado a una convocatoria distinta de esta revista, salvo cambios sustantivos.

     * El autor debe informar, de manera explícita, las contribuciones o colaboraciones realizadas en el artículo; tanto de otras personas como de entidades. En caso de que el documento forme parte de los productos de una investigación auspiciada por alguna institución o programa, el autor dará el crédito correspondiente.

     * La adecuada estructura y secuencia lógica de los apartados y la correcta sintaxis son responsabilidad del autor o autora. Todas las personas autoras asumen responsabilidad de la autoría del artículo, de manera indistinta de su orden de aparición.

     * El autor o autora declara que no ha vulnerado los derechos de propiedad intelectual de terceras personas. Por tanto, declara que Estado & comunes puede disponer el artículo sin ningún tipo de limitación o gravamen, lo que incluye la parte gráfica, fotográfica, dibujos, tablas, gráficos, mapas, esquemas y cualquier otro elemento visual o escrito.

     * En el caso de entrevistas y grupos focales, el autor o autora deberá informar que cuenta con su consentimiento y que ha seguido procedimientos para atender el derecho a la privacidad.

     * Debe evitarse la fragmentación de una obra en dos o más artículos, en especial, si contienen el mismo título y contenido.

     * El autor o autora, una vez que el artículo ha superado de manera satisfactoria el proceso de edición, declara que ha realizado las correcciones, enmiendas, adiciones y mejoras de su artículo antes de que se publique, por tanto, el artículo puede divulgarse.

 

- Plagio 

     * El autor o autora declara que no ha cometido plagio y autoplagio. El plagio es la utilización de ideas, información y elementos visuales que no le pertenecen al autor y que son usados como propios, sin la debita citación. El autoplagio es el uso de un contenido académico preexistente, de propiedad intelectual del autor, que no ha sido referenciado.

     * Los artículos enviados a las convocatorias deben ser originales e inéditos. No se aceptan artículos publicados con anterioridad en cualquier formato digital o impreso, de forma parcial o total, en español. Los editores analizarán la originalidad del artículo mediante el sistema de antiplagio Compilation. El valor máximo de similitudes con otras fuentes es del 10 %, lo que excluye términos comunes no significativos. La autocitación tampoco superará el 10 % del total de referencias bibliográficas de un artículo.

      * El autor o autora debe citar las fuentes primarias y secundarias utilizadas, ya sea cuando cite de manera textual, indirecta o se haga paráfrasis. Cada autor es responsable de revisar la correcta citación.

     * Todas las citas deben referenciarse. No se alterará la fecha de publicación ni fragmentos textuales o datos obtenidos. El autor o autora declara que no ha alterado la información.

 

II. Editores 

     * Los editores preevaluarán el material enviado bajo criterios de forma (lenguaje, estilo, sintaxis, extensión, resumen y palabras clave en dos idiomas), correspondencia con el tema de la convocatoria y si el artículo fue remitido a tiempo.

     * Los editores respetan la independencia intelectual de los autores y los contenidos de los artículos.

     * El director de la revista, los coordinadores del Tema Central y un miembro del Consejo Editorial compartirán responsabilidades en la búsqueda de evaluadores.

     * Las personas coordinadoras de la revista asegurarán que los artículos guarden armonía con los términos de la convocatoria y las líneas de investigación del IAEN.

     * La selección de los mejores trabajos, basándose en los informes de arbitraje ciego, será compartida con los coordinadores del Tema Central.

     * Los editores procurarán un equilibrio regular en entre las secciones Tema Central y Coyuntura. Los artículos del Tema Central no serán menos de cuatro ni más de seis; cinco artículos para cada sección es una opción recomendable.

     * Dieciséis artículos académicos al año es el objetivo de indexación.

     * Miembros del equipo editorial no podrán postular artículos a ninguna de las convocatorias. De igual modo, los coordinadores no podrán presentar artículo propio al volumen que supervisan.

     * Los editores pueden sugerir a los autores que incluya bibliografía especializada si no ha sido abordada.

 

III.a Evaluadores pares 

     * Los revisores pares solo evaluarán los trabajos mejor calificados durante la preevaluación.

     * Conocen y tienen en cuenta la política editorial y el código de ética.

     * Usan un lenguaje preciso y constructivo en los informes de arbitraje. En la revisión cuidarán la comunicación de sus ideas y críticas y argumentarán con suficiencia sus observaciones.

     * Los evaluadores pares ciegos serán docentes, investigadores y profesionales externos al IAEN. Se seleccionarán en arreglo a su trayectoria académica, que corresponderá con las líneas de investigación de la universidad.

     * De existir conflictos de intereses o inhabilidades para la evaluación, los evaluadores lo comunicarán y declinarán la invitación.

     * Asimismo, el evaluador que reconozca o presuma, a pesar de la anominización, la autoría de un trabajo, declinará la invitación.

     * Los evaluadores pares no podrán difundir ni compartir el artículo entregado, así como tampoco el dictamen de evaluación con terceras personas.

 

IV. Consejo Editorial 

     * El autor o autora de un artículo rechazado para publicación podrá apelar la decisión. Para ello, remitirá un informe al editor de la revista, quien planteará la apelación al Consejo Editorial que, a su vez, analizará la información y emitirá un fallo definitivo a partir de los informes de arbitraje.

     * Con la finalidad de impedir conflictos de interés, el equipo editorial verificará que los evaluadores pares sean externos y ciegos.

     * Previa publicación, el editor enviará la versión diagramada a los coordinadores del Tema Central, quienes la validarán. Los editores aprobarán la prueba de imprenta, la portada y contraportada.

     * En ninguna circunstancia, Estado & comunes aceptará un artículo que se encuentre en proceso de edición en otra revista, libro o medio académico. En caso de detectarse esta práctica, se retirará del proceso de edición y se notificará a las revistas o editoriales involucradas. No se aceptarán documentos de autores que hayan incurrido en esta práctica.

     * Estado & comunes podrá difundir y reproducir los artículos mediante canales virtuales o eventos como ferias, congresos académicos, seminarios, etc.

     * El equipo editorial guardará confidencialidad sobre los artículos propuestos. Ello implica que el equipo editorial no podrá divulgar los artículos y su autoría durante el proceso de edición.

     * El Consejo Editorial supervisará que el porcentaje de autores pertenecientes al IAEN no supere el 25 % para evitar endogamia.

     * El Consejo Editorial dictaminará si un autor o autora no ha atendido las recomendaciones de este manual. En caso de omisión grave, esta persona no podrá publicar en Estado & Comunes de manera indefinida.

 

V. Reclamos, solicitudes y apelaciones 

     * Los reclamos, solicitudes y apelaciones se reciben y procesan vía correo electrónico: estado.comunes@iaen.edu.ec

     * El autor o autora acepta los comentarios y observaciones emitidas por los evaluadores pares. En caso de un reclamo, debe justificar los posibles errores en los informes.

     * Los reclamos, solicitudes y apelaciones de las personas autoras serán atendidas de acuerdo con lo establecido en el COPE y las políticas editoriales de la revista. El editor tiene un plazo de quince días para contestar la solicitud.

     * Los nombres y las direcciones de correo electrónico del autor o autora se usarán, de forma exclusiva, para los fines establecidos en la revista y no se proporcionarán a terceros o para su uso con otros fines.

     * De ser necesario, el editor podrá solicitar a algún miembro del Comité Asesor Internacional o a los editores asociados asistencia para resolver algún aspecto editorial, en un plazo de dos meses.

     * Las solicitudes de certificados se entregan en un plazo de siete días.

     * En caso de apelación a informes de arbitraje negativos que confluyan en el rechazo del artículo, el Consejo Editorial analizará los motivos, revisará los informes y emitirá una decisión final.

 

Conflictos de intereses 

Son aquellos conflictos que se generan cuando las relaciones institucionales, personales, formales e informales afectan la objetividad de un autor, revisor o editor y pueden influenciar las acciones, decisiones y resultados sobre un artículo científico. Estado & comunes respalda la independencia de los autores y evaluadores pares; sin embargo, es necesario evidenciar posibles conflictos de interés si llegasen a detectarse. Algunos lineamientos al respecto son:

 

I. Autores

     * Las personas autoras declaran que el artículo es el resultado de una investigación académica en la que no existen conflictos de intereses que hayan alterado de forma total o parcial la objetividad y el carácter científico del manuscrito.

     * Las personas autoras declaran que los datos y resultados obtenidos de la metodología son reales y no inventados. Los autores no pueden alterar los datos.

     * Las personas autoras deben comunicar si mantienen un vínculo personal o familiar con alguno de los miembros del equipo editorial de la revista.

     * Las personas autoras que hayan enviado un artículo no se pueden desempeñar como evaluadoras dentro de la misma convocatoria.

     * En el caso de dos o más personas autoras, el orden de aparición en el artículo lo establecen ellas mismas en función de su contribución, análisis y redacción del artículo.

     * Las solicitudes de cambio o inclusión de nuevos autores al artículo deben estar motivadas y justificadas.

     * Las personas autoras respetan los tiempos editoriales establecidos en la convocatoria. Ningún autor podrá solicitar al editor que se anticipe el proceso de evaluación par.

 

IIEvaluadores pares

     * El evaluador par, de sospechar que existe un conflicto de interés o competencia en el artículo a evaluar, debe declinar de su participación. Esto implica tener algún interés en que el artículo sea o no publicado, alguna relación personal o profesional con el autor, una posición ideológica con respecto a los contenidos del artículo, entre otras.

     * Un evaluador par informará al editor si el artículo que revisa ha aparecido de forma total o parcial en otra revista o libro. De comprobarse, el artículo será rechazado de la convocatoria.

 

III. Editor

     * El editor y los autores resolverán cualquier reclamación de manera interna, agotando los recursos contemplados por la revista. De no lograrse un acuerdo, será el Consejo Editorial del IAEN el que dirima entre las partes.

     * Las comunicaciones entre el editor, autores y evaluadores pares son confidenciales y no podrán ser publicadas ni compartidas.

     * El editor puede corregir errores en trabajos publicados. Las personas autoras validan los artículos maquetados y cualquier enmienda se les comunica previo a la publicación.

     * El editor publicará los artículos aprobados por los evaluadores pares por su relevancia y aporte académico, sin discriminación ni favoritismo respecto del contenido o autores.

     * El editor podrá publicar aclaraciones, disculpas y correcciones como resultado de su trabajo.

     * Un artículo que haya sido aprobado para publicación y cuyo autor, sin justificación objetiva, decida no continuar con el proceso, no podrá postular en otras convocatorias de la revista.

     * De presentarse evidencias que sugieran un conflicto no revelado en el artículo publicado, el editor investigará, tomará los correctivos necesarios y puede publicar en la página de la revista una rectificación o aclaración.

     * De comprobarse que un artículo publicado en Estado & comunes es el resultado de un plagio, por sugerencia del Consejo Editorial se lo retirará de la página web de la revista y de los repositorios y bases de datos en los que se encuentre.